Misión
Garantizar el acceso a los servicios de diagnósticos y tratamientos, en calidad y oportunidad; fortaleciendo el abordaje terapéutico en enfermedades catastróficas a todos los habitantes de la Provincia.
Funciones
- Elevar al Jefe de Gabinete la propuesta del presupuesto anual de la Jurisdicción.
- Supervisar, controlar y coordinar el cumplimiento de las tareas de cada una de las Direcciones.
- Controlar la conducción de las organizaciones asistenciales dependientes del estado Provincial.
- Asegurar el funcionamiento de Programas de atención de enfermedades catastróficas.
- Supervisar el funcionamiento de los servicios de traslado y atención in situ de las personas afectadas por patologías urgentes o emergentes.
- Promover y fomentar las relaciones interinstitucionales de asistencia.
- Fiscalizar y controlar los procesos de producción y las tecnologías aplicadas.
- Supervisar y controlar el establecimiento de los estándares para la protección y seguridad de los alimentos.
- Supervisar la gestión de residuos patogénicos (Ley Provincial N° 7168) en los Establecimientos de salud públicos y privados.
- Supervisar la gestión de residuos peligrosos (Ley Provincial N° 5917 de adhesión a la Ley Nacional N° 24.051 y Ley Nacional N° 25.612 de Presupuestos mínimos de protección ambiental sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicios) que se generan en los establecimientos de salud tanto públicos como privados.